TECN SEGURIDAD ELECTRONICA I
Fecha: 10 ene. 2025
Ubicación: CENTRO OPERACIONES BAIROA, PR, PR
Empresa: puertorico
REQUISICION #: 912
DEPARTAMENTO: (610) SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
LOCALIDAD: CENTRO OPERACIONES BAIROA
CIUDAD: CAGUAS
VIGENCIA:
DESDE: 10 DE ENERO DE 2025
HASTA: 31 DE ENERO DE 2025
Acerca del Rol
TITULO DEL PUESTO: Técnico de Seguridad Electrónica
GREMIO: HIETEL
NIVEL: 10
CODIGO: 10-83-029
SALARIO MAXIMO: $36,050
Resumen de las Funciones
Instala y repara equipos y sistemas de seguridad electrónica en los edificios de la Compañía y sus subsidiarias en armonía con la política de la Empresa sobre protección de vidas y activos contra eventos y acciones que puedan afectar a éstos en nuestra empresa. Mantiene en óptimas condiciones todos los sistemas de seguridad electrónica, logrando la confianza necesaria para el bienestar de empleados, visitantes y clientes de nuestra empresa.
Preparación Académica, Licencias y Certificaciones
Haber aprobado un Grado Asociado en Electrónica o un programa de estudios en Electrónica de por lo menos 1,000 horas de duración.
Experiencia
N/A
Conocimientos y Habilidades
- Amplio conocimiento sobre los fundamentos de electrónica.
- Conocimiento de las aplicaciones de Microsoft Word y Excel.
- Habilidad para establecer y mantener relaciones interpersonales efectivas.
- Dominio considerable del idioma español. Dominio básico del idioma inglés.
Condiciones
Disponibilidad para trasladarse a otras áreas geográficas y dependencias de la Compañía y pernoctar si fuera necesario; trabajar fuera de horas regulares de trabajo, fines de semana y días feriados; y viajar fuera de Puerto Rico con el propósito de tomar adiestramiento o atender alguna gestión oficial. Favor de hacer referencia a la hoja de Condiciones Ambientales y Demandas Físicas.
En el desempeño de las funciones esenciales se requiere ascender o descender por medio de escaleras portátiles, canastos, andamios, rampas, sogas, postes, u otros artefactos, utilizando los pies y las piernas, o las manos y los brazos, o ambos grupos de extremidades.
Todos los empleados cuyas funciones requieran trabajar sobre 4 pies de altura, deben cumplir con las normas de seguridad sobre limitación de peso corporal establecida por OSHAct (Occupational Safety and Health Act) y la Ley Núm. 16 del 5 de agosto de 1975 (Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico). El peso máximo que un empleado debe tener para poder trabajar en alturas sobre los 4 pies es de 275 libras. Los empleados no deben exceder la capacidad del peso máximo de ningún equipo de seguridad que tenga especificaciones de límite de peso. Ver Procedimiento Departamental P-RH-005-A (Uso de Escaleras de Mano y Equipo de Protección Personal contra Caídas).
DEMANDAS FISICAS: 3, 6, 8, 9, 10, 12, 13, 14, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23
CONDICIONES AMBIENTALES: 1
Notas
SOMOS UN PATRONO CON IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN EL EMPLEO Y TOMAMOS ACCIÓN AFIRMATIVA PARA RECLUTAR A MUJERES, VETERANOS PROTEGIDOS Y PERSONAS CON IMPEDIMENTOS.