EMPALMADOR I
Fecha: 5 dic. 2024
Ubicación: O.C. PONCE, PR, PR
Empresa: puertorico
LOCALIDAD: O.C. PONCE
CIUDAD: PONCE
Acerca del Rol
TITULO DEL PUESTO: Empalmador
GREMIO: UIET
NIVEL: 10
CODIGO: 1066-021
Resumen de las Funciones
Ejecuta tareas relacionadas con los procesos de empalme, presionización de cables, mitigación de ruidos, y mantenimiento a los cables troncales y alimentadores (metálicos y de fibra óptica) y mantenimiento de Planta Externa. Se rige por las prácticas y procedimientos establecidos para los equipos existentes o de nueva instalación de acuerdo con la modernización en la industria telefónica.
Preparación Académica, Licencias y Certificaciones
- Escuela Superior.
- Licencia de Chofer.
- Aprobar el Ciclo de Adiestramiento para Empleados de Operaciones de Campo - Empalmador I provisto por la Gerencia de Formación.
- Aprobar exámenes administrados por la Gerencia de Adquisición/Selección Talento.
Experiencia
No se requerirá experiencia.
Conocimientos y Habilidades
- Enfoque de servicio al cliente.
- Conocimiento de electrónica o electricidad básica.
- Habilidad para aprender.
- Habilidad para establecer y mantener relaciones interpersonales efectivas.
- Dominio amplio del idioma español (oral y escrito) .
- Dominio razonable del idioma inglés.
Condiciones
Disponibilidad para trasladarse a otras áreas geográficas y dependencias de la Compañía y pernoctar si fuera necesario; trabajar fuera de horas regulares de trabajo, fines de semana y días feriados; y viajar fuera de Puerto Rico con el propósito de tomar adiestramiento o atender alguna gestión oficial. Favor de hacer referencia a la hoja de Condiciones Ambientales y Demandas Físicas.
En el desempeño de las funciones esenciales se requiere ascender o descender por medio de escaleras portátiles, canastos, andamios, rampas, sogas, postes u otros artefactos, utilizando los pies y las piernas, o las manos y los brazos, o ambos grupos de extremidades.
Todos los empleados cuyas funciones requieran trabajar sobre 4 pies de altura, deben cumplir con las normas de seguridad sobre limitación de peso corporal establecida por OSHAct (Occupational Safety and Health Act) y la Ley Núm. 16 del 5 de agosto de 1975 (Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico). El peso máximo que un empleado debe tener para poder trabajar en alturas sobre los 4 pies es de 275 libras. Los empleados no deben exceder la capacidad del peso máximo de ningún equipo de seguridad que tenga especificaciones de límite de peso. Ver Procedimiento Departamental P-RH-005-A (Uso de Escaleras de Mano y Equipo de Protección Personal contra Caídas).
DEMANDAS FISICAS: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 12, 13, 15, 16, 17, 18, 19
CONDICIONES AMBIENTALES: 3
Notas
SOMOS UN PATRONO CON IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN EL EMPLEO Y TOMAMOS ACCIÓN AFIRMATIVA PARA RECLUTAR A MUJERES, VETERANOS PROTEGIDOS Y PERSONAS CON IMPEDIMENTOS
SF# 789